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rabajo de verano, ¿puedo aceptarlo estando en ERTE? la respuesta es SÍ salvo, que tengas una cláusula de exclusividad o no competencia.
Con la llegada del verano se han puesto fin a muchas restricciones, se ha recuperado el ocio nocturno, y en muchas localidades significa también el aumento de los turistas, lo que a su vez conlleva a creación de nuevos puestos de trabajo, los famosos trabajos de verano, que pueden significar una oportunidad laboral para aquellas personas afectadas por un ERTE.
Cuando empiezas en el trabajo de verano se suspende la prestación por desempleo, y es muy importante comunicar esta nueva alta al SEPE para evitar pagos indebidos.
Lo normal es que la empresa que te ha contratado para el trabajo de verano comunique el alta al SEPE, pero por si acaso, nuestro consejo es que te asegures que figuras como tal.
Para poder compatibilizar el ERTE con el trabajo de verano, es imprescindible que el contrato sea temporal. Una vez finalizado el contrato de verano, tras 15 días desde la finalización del trabajo de verano, el empleo con la primera empresa continua vigente.
Los contratos temporales mas habituales son:
- Contrato de obra.
- Contrato de servicio determinado.
- Contrato eventual, por las circunstancias de la producción.
- Contrato de interinidad.
También tienes que saber que, si el contrato es a tiempo parcial, puedes compatibilizarlo con el ERTE.
Por otro lado, si lo que quieres es darte de alta en el régimen general de autónomos, la respuesta es que no seguirás cobrando el ERTE. Solo se permite cobrar la prestación por desempleo compatibilizada con el régimen de autónomos para aquellos casos de cese total de la actividad.
Para más información no dudes en ponerte en contacto con nosotras en el 923269703, 609237020 o manda un mail a duartejulianabogadas@gmail.com. Un buen asesoramiento puede ahorrarte un buen disgusto.